Caso Penta: Corte de Santiago rechaza sobreseimiento definitivo de 6 imputados
En la sentencia, la Undécima Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras Jessica González, María Loreto Gutiérrez y Erika Villegas- descartó la solicitud de las defensas de los imputados, que consideran no estar siendo juzgados en plazo razonable.
Corte de Santiago rechaza sobreseimiento
La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la decisión del Octavo Juzgado de Garantía de la capital, que rechazó dictar sobreseimiento definitivo en favor de seis imputados del denominado caso Penta.
En la sentencia, la Undécima Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras Jessica González, María Loreto Gutiérrez y Erika Villegas- descartó la solicitud de las defensas de los imputados, que consideran no estar siendo juzgados en plazo razonable.
Según se lee en el fallo, la investigación se encuentra vigente desde el año 2015.
“El Ministerio Público haciendo uso de sus facultades ha decidido agrupar las diversas causas, para desarrollar una investigación conjunta y ello es la regla general en esta clase de delitos y este caso no es la excepción”, se explica en el documento.
Lo anterior “se explica por la necesidad de llevar adelante una única investigación y un único juicio, ello unido a la complejidad de la misma por el número de intervinientes y la gran cantidad de pruebas documental, testimonial y pericial”.
El fallo dice también que esto “ha contribuido a dilatar la tramitación de la causa, como lo ha expuesto en la audiencia el Servicio de Impuestos Internos, el Consejo de Defensa del Estado y el Ministerio Público”.
Caso Penta: Corte rechaza sobreseimiento de 6 imputados
Es documento agregar que “aunque la legislación nacional no ha definido que debe entenderse por “plazo razonable”, la jurisprudencia refiriéndose a este término, ha señalado que “plazo razonable” es más bien un concepto jurídico de carácter indeterminado”.
Además que “debe ser examinado caso a caso, ponderando las peculiaridades de cada juicio, considerando la complejidad del asunto, la diligencia de las autoridades judiciales y la actividad procesal de los intervinientes. En igual sentido se ha manifestado también Excma. Corte Suprema.”
También se considera: “que el derecho a ser juzgado en un plazo razonable está determinado por las características del proceso y la conducta de los intervinientes y en el caso sub lite, se advierte que tanto la conducta de los intervinientes, la del tribunal y la complejidad de la causa, se encuentran dentro de los parámetros normales en este tipo de causas”.
Esto “debido a la naturaleza de los delitos, la gran cantidad de partícipes, la abundante prueba que será presentada por los diversos intervinientes, así como diversos pronunciamientos que han existido debido a recursos presentados y que han alargado el término de esta causa.”
Rechazan amparo “deducido en favor de Patricio Contesse”
“Que, a mayor abundamiento –continúa la resolución- para estas sentenciadoras resulta insoslayable el pronunciamiento emitido por esta Corte en la causa en la que fue rechazado el amparo, deducido en favor de Patricio Contesse González, por el que se pretendía sobreseer definitivamente la causa, por vulneración de garantías constitucionales, especialmente la de ser juzgado en un plazo razonable”, se explica en el documento.
Comparte en tus redes sociales