Ratifica la Comisión de Expertos la norma antidisolución: Los diputados que renuncien a su partido perderán su escaño

De acuerdo a la norma, va a cesar en sus funciones el diputado o senador que renuncie al partido político que hubiera declarado su candidatura, en un intento por reducir también la fragmentación que se ha visto en el último tiempo en el Congreso.


El pleno de la Comisión Experta ratificó el umbral del 5% que necesitarán los partidos políticos para acceder a escaños en la Cámara de Diputados, junto con la norma “antidíscolos”, que le quitará su puesto a los parlamentarios que renuncien a sus partidos.

Recordemos que durante esta jornada, la Comisión Experta se encuentra votando el cuarto capítulo del anteproyecto de nueva Constitución, donde destaca el umbral del 5% que necesitarán los partidos para acceder a escaños en la Cámara de Diputados.

Se trata de una norma que en un principio mencionaba ambas ramas del Congreso Nacional, pero que finalmente solo se atribuirá a la Cámara Baja.

De acuerdo a lo que se redactó, solo los partidos políticos que alcancen al menos el 5% de los votos válidamente emitidos a nivel nacional en la elección parlamentaria, van a tener derecho a participar en la distribución de escaños.

 


A modo de transición, y solo para las primeras elecciones parlamentarias tras la aprobación de la nueva Carta Magna, la barrera se rebajará al 4%, o la obtención de cuatro parlamentarios.

De aprobarse esta norma, tal y como está, varios de los actuales partidos –algunos de ellos históricos como la Democracia Cristiana o el Partido Radical, el más antiguo de Chile– serían excluidos de la representación parlamentaria.

Al respecto, el comisionado de Renovación Nacional, Teodoro Rivera, valoró lo aprobado, apuntando nuevamente a los “partidos callampa” que podrían perder escaños en el Congreso.

“No me diga nadie que no nos están avisando. Si uno en seis años y medio o más no es capaz de lograr un 5% de representación popular, yo creo que la norma es justa y que el partido desaparezca para que hayan estructuras más sólidas”, dijo.

“Esos partidos, denominados coloquialmente como ‘partidos callampa’, tienen un plazo para crecer y solidificarse”, sentenció Rivera.

Sin embargo, no todos los comisionados estuvieron de acuerdo con esta norma. Y de hecho, hay algunos expertos tanto del oficialismo como de la oposición que tienen algunas dudas respecto de cómo se va a aplicar.

En ese sentido, la representante de Apruebo Dignidad, Magaly Fuenzalida, cuestionó la cantidad de escaños que se aplicarán en la norma transitoria.

“A mí el número me parece excesivo. Yo planteé la posibilidad de partir con un 3% y hacerlo de manera progresiva. Desafortunadamente, no se consideró mi postura”, lamentó.

Norma antidíscolos: parlamentarios que renuncien a su partido perderán escaño

Asimismo, se aprobó también una norma adicional que contiene este cuarto capítulo de Congreso Nacional y que algunos han calificado como “antidíscolos”.

De acuerdo a la redacción, va a cesar en sus funciones el diputado o senador que renuncie al partido político que hubiera declarado su candidatura.

 


Esto quiere decir que si una persona postula y es electa por un partido y durante su cargo de senador o diputado renuncia a ese partido, directamente pierde su escaño. Así, será su colectividad quien definirá su reemplazo.

Según se ha justificado, esta última norma -además del umbral del 5%- buscan disminuir que haya partidos o parlamentarios de bancadas más pequeñas en el Parlamento, en un intento por reducir también la fragmentación que se ha visto en el último tiempo.

La polarización por norma sobre paridad

Otra de las normas que contienen el cuarto capítulo sobre el Congreso, es la paridad, que apunta a corregir la distribución y asignación de los escaños en la elección de diputados y senadores, cuando algún sexo supere el 60% de los selectos.

Recordemos que en un inicio el oficialismo quería hacer una norma de un 50-50, lo que finalmente no se logró, quedando el 60-40 que además es transitorio, es decir, corre para las dos primeras elecciones.

Y en el caso de que, por ejemplo, en la primera elección no sea necesario ni siquiera la corrección de paridad y el 60-40 se dé por sí solo, porque la ciudadanía lo eligió, para la siguiente tampoco correría la norma.

Esta también es una norma que de cierta forma refleja cómo se han ido dando los acuerdos entre los distintos comisionados.

Por un lado, hay algunos en el oficialismo que sostienen que es insuficiente y, por otro lado, en la oposición se ha mencionado que ni siquiera están de acuerdo con que se haga la norma propiamente tal.

Las diferencias de opinión las dejaron en evidencia la comisionada del Partido Socialista, Catalina Lagos, y de la independiente Marcela Peredo.

“Es un mecanismo que no es suficiente porque se ha proyectado su duración para dos periodos eleccionarios, no es un mecanismo permanente. Es un retroceso en relación con lo que el Congreso avanzó en las reformas constitucionales”, indicó la experta del PS.

“Establecer ciertas preferencias en razón del género me parece que puede ser poco respetuoso de la soberanía de la nación”, sostuvo por su parte Peredo.

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