¿Cuál es el cronograma electoral del plebiscito 2020?
Plebiscito 2020 ¿Cuándo se conocerán los vocales de mesa? ¿Cómo saber dónde voto ? Plebiscito 2020? Verificar si puedo votar en plebiscito 2020 ¿Cuál es el cronograma electoral del plebiscito 2020?
Plebiscito 2020: ¿Cuándo se conocerán los vocales de mesa?
Plebiscito 2020 ¿Cuándo se conocerán los vocales de mesa? ¿Cómo saber dónde voto ? Verificar si puedo votar en plebiscito 2020 ¿Cuál es el cronograma electoral del plebiscito 2020?
Comenzó la cuenta regresiva para el plebiscito del 25 de octubre, donde más de 14,7 millones de ciudadanos podrán definir si Chile contará o no con una Nueva Constitución y cuál será el organismo a cargo de su elaboración en caso que triunfe la opción del "Apruebo".
Las opciones son dos: una convención constitucional, integrada por 155 ciudadanos electos especialmente para este efecto, o bien, una convención mixta, compuesta por 86 ciudadanos y 86 parlamentarios designados por el propio Congreso.
Esta semana finaliza el periodo para ingresar reclamos en caso de que existan errores en los datos de las personas en el padrón electoral, con lo cual se elaborará el listado definitivo de quienes serán parte del proceso. Y con esto, se conocerá un dato que en cada proceso eleccionario genera gran interés: la nomina de vocales de mesa.
Tal como detalla el Servel en su cronograma electoral, la nómina de vocales será publicada el sábado 3 de octubre. Ese día se conocerán también los miembros de los colegios escrutadores y las nóminas de locales de votación.
Aunque antes de la postergación del plebiscito -fijado originalmente para el 26 de abril, pero modificado por la pandemia del coronavirus- se estimaba que serían convocadas 222 mil personas para cumplir el rol de vocales de mesa, este número podría verse reducido producto de las medidas especiales que marcarán el proceso eleccionario.
¿Y el periodo de excusas?
El lunes 5 de octubre comenzará el periodo para presentar excusas, que se extenderá hasta el miércoles 7. En tanto, el sábado 10 se conocerá el listado de vocales reemplazantes, quienes no podrán eximirse de su labor.
Por realizar su labor los vocales recibirán una bonificación de cerca de 18.897 a lo que se suma un pago de 6.236 por asistir a la capacitación. En tanto, quienes no cumplan con su labor arriesgan multas que van desde las 2 a las 8 UTM (entre 99.446 y 397.784 aprox).
Plebiscito 2020: Vocales de mesa
El vocal de mesa es el elector, designado por una Junta Electoral, para integrar una mesa receptora de sufragios, cumplir las funciones de recibir los votos emitidos y realizar el escrutinio de éstos, entre otras funciones que encomiende la Ley N° 18.700 Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios.
¿Qué organismo efectuará la designación de los vocales de mesa en el extranjero?
Las Juntas Electorales son los organismos encargados de la designación de vocales de mesa en extranjero.
SI FUISTE DESIGNADO COMO VOCAL DE MESA
- Debes presentarte el día 24 de octubre a las 15:00 horas en tu local de votación a constituir la mesa receptora de sufragios. Si es tu primera vez como vocal, recibirás en esa oportunidad la capacitación necesaria.
- El día de la elección debes presentarte a las 8:00 horas en tu local para realizar el acto de instalación de la mesa receptora de sufragios.
¿CUÁLES SON LAS CAUSALES DE EXCUSAS PARA EL DESEMPEÑO COMO VOCAL DE MESA?
- Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kms. o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta Electoral.
- Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las mesas, otras funciones que encomiende esta ley.
- Tener más de 70 años.
- Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado médico.
- Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las Mesas Receptoras de Sufragios, lo que deberá acreditarse mediante certificado del director del respectivo establecimiento de salud.
- Estar la mujer en estado de embarazo o de puerperio dentro de las 6 semanas previas al parto y hasta 24 semanas siguientes a éste, circunstancia que deberá acreditarse mediante certificado médico o con la documentación que acredite estar recibiendo el subsidio a que se refiere el artículo 198 del Código del Trabajo.
- Las excusas se deben presentar ante el Secretario de la Junta Electoral que lo designó Vocal de Mesa, invocando alguna de las causales de inhabilidad contempladas en los Art. 45 y 49 de la Ley N° 18.700.
Conjuntamente a la excusa, deben presentarse los documentos que acrediten estas causales, dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la designación.
¿QUÉ DEBO HACER SI FUI DESIGNADO VOCAL DE MESA Y EL DÍA DEL PLEBISCITO ESTOY FUERA DEL PAÍS, O EN UNA LOCALIDAD DISTANTE?
Si el día del Plebiscito te encuentras a más de 300 Km. del lugar en que debes desempeñarte como vocal de mesa, deberás acreditar por medio de cualquier documento que pruebe que te encontrabas a esa distancia de tu local de votación el día del Plebiscito. Este documento deberás presentarlo cuando seas citado por el Juez de Policía Local, después del Plebiscito.
Si estás fuera del país, cualquier antecedente que acredite la salida, como el pasaporte, copia de tarjeta de embarque, etc., servirán para presentar cuando sea requerido por el Juzgado de Policía Local.
¿Cuál es el cronograma electoral del plebiscito 2020?
Plebiscito 2020 ¿Cuándo se conocerán los vocales de mesa? ¿Cómo saber dónde voto ? Verificar si puedo votar en plebiscito 2020 ¿Cuál es el cronograma electoral del plebiscito 2020?
Cronograma Electoral del plebiscito 2020
En consideración a la emergencia sanitaria por COVID-19 (coronavirus), se ha decidido postergar la realización del Plebiscito Nacional 2020 para el 25 de octubre.
Ver Cronograma Completo:
https://www.plebiscitonacional2020.cl/wp-content/uploads/2020/05/cronograma_08052020.pdf
¿Qué se definirá en el Plebiscito del 25 de octubre? | Plebiscito 2020: Consulta Datos Electorales Servel.
Plebiscito 2020 ¿Cuándo se conocerán los vocales de mesa? ¿Cómo saber dónde voto ? Verificar si puedo votar en plebiscito 2020 ¿Cuál es el cronograma electoral del plebiscito 2020?
Plebiscito 2020: ¿Qué se vota?
¿Qué se vota?
Este 25 de octubre el Plebiscito Nacional dará la posibilidad a cada elector de aprobar o rechazar la redacción de una Nueva Constitución, además del órgano que debiera redactarla: una “Convención Mixta Constitucional”, integrada en partes iguales por miembros elegidos popularmente y parlamentarios y parlamentarias en ejercicio o una “Convención Constitucional” conformada exclusivamente por miembros elegidos popularmente.
¿Cómo se vota?
El día del Plebiscito el elector recibirá 2 cédulas electorales (votos) que contendrán las preguntas:
1.- ¿QUIERE USTED UNA NUEVA CONSTITUCIÓN?, seguida de dos rayas horizontales, una al lado de la otra con la respuesta “Apruebo” o “Rechazo”.
2.- ¿Qué tipo de órgano debiera redactar la Nueva Constitución? seguido de las respuestas: “CONVENCIÓN MIXTA CONSTITUCIONAL” y “CONVENCIÓN CONSTITUCIONAL”, ambas seguidas con su respectiva definición.
En Chile el voto se ejerce de manera presencial, usando un lápiz grafito y la cédula electoral que entrega la mesa receptora de sufragio. Los chilenos en el extranjero deben hacerlo de la misma forma que en el territorio nacional.
PASO A PASO
Revisa tus datos electorales. En consulta.servel.cl ahí podrás conocer si estás habilitado para votar y el lugar al que debes acercarte para sufragar en el Plebiscito.
El día de la votación acércate a tu Mesa Receptora de Sufragios. Los vocales de mesa te solicitarán la cédula de identidad o pasaporte, los cuales pueden estar vencidos hasta 12 meses antes de la votación (ningún otro documento ni certificado podrán ser utilizados para votar). Los vocales anotarán en el Padrón de Mesa el número de serie de cada talón de la cédula electoral, y te entregarán las cédulas correspondientes, las estampillas y un lápiz de grafito. Deberás firmar el Padrón de Mesa.
VOTACIÓN
El voto es secreto, por lo que debes acercarte sin acompañante a la cámara secreta. El domingo recibirás dos cédulas electorales, una de color blanco y otra de color beige. Debes marcar una sola preferencia en cada una. Si marcas dos, tu voto será declarado nulo. Dobla tus votos antes de salir de la cámara secreta y séllalos con la estampilla del Servicio Electoral.
Deposita tus votos en las urnas. Como última etapa, debes entregar tus votos doblados y sellados al presidente de tu mesa, quien cortará el talón de las cédulas electorales para luego devolvértela. Finalmente, tienes que depositar tus votos sellados en las urnas y recuperar tu cédula de identidad o pasaporte.
¿Qué se definirá en el Plebiscito del 25 de octubre?
Plebiscito 2020: Consulta Datos Electorales Servel.
Plebiscito 2020: Voto en exterior
Los chilenos que residen en el exterior podrán ejercer su derecho a sufragio en este Plebiscito Nacional y formar parte del proceso como cualquier otro elector dentro de Chile.
Deben tener más de 18 años, ser chileno y tener cédula de identidad o pasaporte los que pueden estar vencidos hasta en 12 meses.
La ley dispone que las votaciones en el extranjero se realicen el mismo día fijado para el plebiscito en territorio nacional, y dentro de los horarios que para cada país y ciudad establezca el Consejo Directivo del Servel, previo informe de la Dirección General de Asuntos Consulares y de Inmigración del Ministerio de Relaciones Exteriores.
VOCALES DE MESA EN EL EXTERIOR
A diferencia del territorio nacional, las mesas receptoras de sufragios en el exterior se compondrán de tres vocales elegidos entre los inscritos en el respectivo Padrón de Mesa, los que serán designados mediante sorteo por las Juntas Electorales constituidas en el extranjero.
La Junta Electoral formará una lista de nueve electores, de los cuales escogerá por sorteo a tres, quienes deberán desempeñarse como vocales de mesa.
El Servicio Electoral publicará, en www.servel.cl la nómina de los vocales designados para cada Mesa Receptora de Sufragios.
Adicionalmente, se publicará una copia de la nómina en el Consulado respectivo, y se informará dicha designación a través de correo electrónico o carta dirigida al domicilio declarado por el elector.
Excusas: Se deben presentar ante la Junta Electoral que efectuó en designación. El artículo 44 de la Ley N° 18.700 señala las excusas para quienes no podrán desempeñarse como vocales de mesa.
Luego del periodo de excusa, la Junta Electoral elaborará una nómina de vocales reemplazantes.
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