Condenan a 11 años de presidio a autor de homicidio frustrado en Antofagasta

EL Tribunal de Juicio Oral de Antofagasta condenó a Luis Eduardo Ledesma Rosendo por homicidio frustrado con arma de fuego. Los hechos tuvieron lugar en abril del 2021, cuando el imputado atacó a los ocupantes de un vehículo, logrando herir de gravedad al copiloto.

 


El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta condenó a Luis Eduardo Ledesma Rosendo a 11 años de cárcel, tras comprobarse su autoría en los delitos de homicidio frustrado y porte ilegal de arma de fuego.

El ilícito tuvo lugar el 9 de abril del 2021, en la capital regional de Antofagasta.

Producto de los hechos, la víctima resultó con un traumatismo cervical a causa de un impacto balístico, herida de carácter grave y mortal.

En fallo unánime, el tribunal condenó a Ledesma a las penas efectivas de 7 y 4 años de presidio, en calidad de autor de los delitos de homicidio simple frustrado y porte ilegal de arma de fuego consumado.

Además, se le aplicaron las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena (homicidio); y la inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena (porte).

 


El ataque

Según el Ministerio Público, más allá de toda duda razonable “el día 9 de abril de 2021, pasado el mediodía, el imputado Luis Eduardo Ledesma Rosendo llegó hasta calle San Cristóbal a la altura del Nº 889 de esta ciudad premunido de un arma de fuego, con la cual efectuó múltiples disparos hacia el vehículo PPU FCVG.20, con la intención de causarle la muerte a alguno de sus ocupantes”.

En ese contexto, el ataque “provocó que el chofer del vehículo C.G.C. huyera del lugar acelerando la marcha, no obstante lo cual uno de los proyectiles impactó al copiloto de iniciales P.G.C. a la altura de la cervical, perdiendo el conductor el control del vehículo hasta que pudo detenerlo junto a un montículo de tierra, recibiendo allí el auxilio de un tercero, quien trasladó a la víctima y al testigo al Hospital Regional”.

Tras la situación, “la víctima P.G.C. resultó con un traumatismo cervical causado por un proyectil balístico que lesionó el plexo braquial, herida de carácter grave y necesariamente mortal, la que sin el auxilio médico oportuno y eficaz le habría causado la muerte”, concluyó el tribunal.

Una vez que el fallo quede ejecutado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestra biológica del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

Finalmente, se determinó que Ledesma Rosendo no mantenía ningún permiso otorgado por la autoridad competente para portar armas de fuego.

Comparte en tus redes sociales

Noticias Relacionadas