Ojo con el finiquito: escriba la reserva de derecho para la devolución del descuento de AFC

Es muy común en Chile el despido por “Necesidades de la empresa”, causal 161 del Código de Trabajo que faculta al empleador a poner término al contrato de trabajo por razones de carácter técnico o económico que hagan necesario la separación de uno o más trabajadores, como es el cambio en las condiciones del mercado, la racionalización o bien, la modernización.


Ahora bien, la causal también permite al empleador descontar de la indemnización por años de servicio el monto que ha aportado al fondo de seguro de cesantía del trabajador (AFC), situación que por supuesto termina descolocando al trabajador o trabajadora al momento de leer el finiquito antes de firmarlo.

Sin embargo, y atención con esto. Tal como lo han señalado en reiteradas ocasiones los Tribunales Superiores de Justicia; para que ese descuento proceda, es necesario configurar la causal “Necesidades de la empresa”, ya que de lo contrario, si el trabajador demanda y logra que el despido sea injustificado, el descuento debe ser devuelto a sus manos.

Dicho esto, que sea entonces de público conocimiento que la mayoría de las empresas invoca en sus despidos la causal 161 sin configurarla, lo que quiere decir que el descuento al finiquito es total y completamente improcedente.

Esto último faculta al trabajador a escribir en su finiquito una reserva de derechos, al pie o al reverso del documento, señalando que reclamará el despido injustificado y la devolución del descuento de la AFC en los Tribunales de Justicia, una acción más que legal.

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