Multan a Johnny Rockets por infracción en la distribución de propinas
Según se puede rescatar en el fallo de primera instancia, la multa fue cursada por “distribuir las propinas entregadas por los clientes a los trabajadores que cumplen funciones de garzones” en los establecimientos de la empresa, “toda vez, que el empleador dispone, distribuye y realiza los descuentos de las propinas que se entienden como propiedad de los trabajadores”.
Esto fue corroborado por la Dirección del Trabajo (DT), mediante un documento exhibido por el propio empleador (una “Norma de propinas”).
Dentro de esta “norma” se señalaba, por ejemplo, que si alguien dejaba de hacer las tareas laborales “se quitará punto completo de propina”, o si el trabajo quedaba ‘a medias’, se quitaría medio punto.
Si no se presentaban con uniforme completo, se sancionaría también con medio punto, y así con otras sanciones, como la ausencia injustificada de turno que se sancionaría “por dos días con su propina (día trabajado)”. El “manager” del turno era quien finalmente tenía la potestad para determinar si se sancionaba la propina.
Tras esto, se sancionó a Johnny Rockets con 60 UTM, equivalentes a $3,8 millones a la fecha de cursada la multa, en septiembre de 2023.
Cabe resaltar que en el artículo 64 del Código del Trabajo, que regula las propinas, se señala que “los trabajadores tendrán derecho a percibir todas aquellas sumas que por concepto de propinas entreguen los clientes de dichos establecimientos”.
“El empleador no podrá disponer de ellas, deberá entregarlas íntegramente a los trabajadores y no podrá efectuar descuentos de ninguna naturaleza sobre las mismas. Tampoco podrá distribuir las propinas, facultad que sólo recae en los trabajadores que las reciben del cliente, las que se entenderán de su propiedad”, añade la norma legal.
Sin embargo, la sociedad tras la cadena de comida rápida reclamó la multa, señalando que al cursarse la multa solo se le remitió un documento, sin mayores detalles o requisitos que cumplir.
También afirmó que ellos no incumplieron con el mencionado artículo del Código del Trabajo, porque el pacto de la división de la propina cumplió con los requisitos exigidos, señaló el fallo en primera instancia.
En este sentido, se solicitó una rebaja en la multa, agregando que la firma actuó “de buena fe” en la fiscalización.
A pesar de ello, se rechazó la reclamación. Luego, la compañía presentó un recurso de nulidad donde, finalmente, la Décima Sala del tribunal de alzada descartó alguna infracción en la sentencia anterior, por lo que rechazó el recurso y, así, confirmó la multa impuesta a Johnny Rockets.
Por último, la empresa podría elevar el caso a la Corte Suprema, quien tendría la última palabra al respecto.