Los matrimonios que tuvo Verdades Ocultas: ¿Es legal casarse entre primos en Chile?

Fue un hito que se dio en tres ocasiones durante la ficción, por lo que surgieron bastantes preguntas entre sus seguidores. Aquí te damos la respuesta.

 


Este miércoles concluyó Verdades Ocultas, teleserie que se extendió por casi cinco años en la televisión chilena y dejó una serie de hechos bastante curiosos e insólitos. Entre estos datan matrimonios, traiciones, cambios de rostros y saltos de tiempo.

Durante todo este tiempo, hubo un factor de esta producción que se comentó bastante en redes sociales, el cual hace relación a los matrimonios que se dieron entre primos relacionados con la familia Mackenna.


Un ejemplo de esto fue el vínculo entre Tomás (Matías Oviedo) y Rocío (Camila Hirane). El primero de ellos hijo biológico de Rodolfo Mackenna (Osvaldo Silva), y la segunda descendiente de Pedro Mackenna (Julio Milostich). Rodolfo y Pedro eran hermanos.

Sin ir más lejos, uno de los diálogos de la producción, por allá por 2018, mostró que el personaje de Oviedo tenía sus reparos respecto a tener una relación con Rocío, debido al parentesco, pero ella no le dio importancia a esto.

Dentro de la teleserie Tomás también estuvo con Agustina (Carmen Zabala), quien también era hija de Pedro Mackenna.

Ya en la parte final de la ficción de Mega (25 años después) conocimos el vínculo amoroso que formaron Benjamín (Oviedo) y Martina (Hirane), quienes tuvieron planes de casarse, aunque también eran primos.

En este sentido, vale recordar que Cris es descendiente de Agustina (Catalina Guerra) y el propio Tomás (Cristián Campos), mientras que la detective es hija de Rocío (Solange Lackington) y Leonardo San Martín (Carlos Díaz).

En este sentido, los personajes de Guerra y Lackington son las hermanas que dieron inicio a la trama de Verdades Ocultas en el lejano 2017.

Verdades Ocultas: ¿Son legales estas uniones en Chile?


El matrimonio entre familiares no es tan común en la actualidad, en el sentido de que son bastante más las parejas que se unen civilmente y que no tienen parentesco entre sí. No obstante, eso no quiere decir que esté prohibido, o por lo menos, no en todos los casos.

Como ya debes conocer, la legislación en nuestro país establece que “la familia es el núcleo fundamental de la sociedad. El matrimonio es la base principal de la familia”, entendiéndose el matrimonio como “la unión entre dos personas”.

“Matrimonio es un contrato solemne por el cual dos personas se unen actual e indisolublemente, y por toda la vida, con el fin de vivir juntos, de procrear y de auxiliarse mutuamente”, se indica.

Verdades Ocultas
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Y puede que algunos no lo sepan, pero la ley chilena sí permite el matrimonio entre parientes a partir de ciertos grados de parentesco.

Lo que la Ley Nº 19.947 de Matrimonio Civil indica al respecto, es que “no podrán contraer matrimonio entre sí los ascendientes y descendientes por consanguinidad o por afinidad, ni los colaterales por consanguinidad en el segundo grado” (art. 6).

Prácticamente lo mismo rige para quienes quieran suscribir el Acuerdo de Unión Civil (AUC), y que de acuerdo a la legislación, no pueden celebrar “entre sí los ascendientes y descendientes por consanguinidad o afinidad, ni los colaterales por consanguinidad en el segundo grado”.

Ello significa que, según la ley, éstos son los familiares con los cuales puedes casarte (o celebrar una unión civil):

Familiares con los que SÍ puedes casarte

-Con un primo o prima (de cualquier grado, incluyendo primos hermanos).
-Con un cuñado o cuñada.
-Con un tío-abuelo o tía-abuela, ya sean consanguíneos o por afinidad.
-Con un sobrino-nieto o sobrina-nieta, ya sean consanguíneos o por afinidad.

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