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¿Cómo se escribe un texto constitucional entre 155 personas? ¿Quedará algo de la actual Constitución de 1980? ¿Qué ideas traen los constituyentes electos sobre cómo redactarla? ¿Cuál será el primer in...

¿Cómo se escribe un texto constitucional entre 155 personas? ¿Quedará algo de la actual Constitución de 1980? ¿Qué ideas traen los constituyentes electos sobre cómo redactarla? ¿Cuál será el primer inciso? ¿Tendrá preámbulo? El debate crece a medida que se acerca el día en que la convención se inaugure y comience la marcha atrás para la posible pronta divulgación de una nueva carta fundamental para Chile.


Una de las dudas que más han aparecido sobre el proceso constituyente es cómo se puede escribir un texto entre 155 personas, considerando que aún no existen consensos respecto a qué debe incluir el escrito, ni en qué estructura, si consideramos que se acordó seguir la lógica de la “hoja en blanco”.

Esto se puede explicar en forma muy sencilla, en tres pasos: reglamento, comisiones y redacción.

El primer paso luego de instalar la convención será elaborar un reglamento que rija los procedimientos para elaborar la nueva Constitución. Esto da pie al segundo paso: el mismo reglamento definirá la creación de comisiones encargadas de distintos aspectos a debatir, en relación a puntos de debate en común que existan entre los convencionales.

El director del Centro de Estudios Constitucionales de la Universidad de Talca, Humberto Nogueira, explicó: “Es lo mismo que el proceso legislativo. Los convencionales se organizan en comisiones, y ellas realizan una primera redacción, la cual luego va a ser revisada en el pleno, y luego va a pasar a la comisión de armonización, precisamente para darle los últimos toques al texto. De esa manera, por lo tanto, se va afinando el texto a través de las comisiones de los plenarios, y finalmente de la comisión de armonización”.


A partir del debate interno que exista en cada una de las comisiones irán saliendo los distintos textos preliminares que irán conformando el futuro texto, que incluso pueden irse redactando en paralelo. Este sería el tercer paso y final, sin contar posibles debates intermedios que tendrá cada texto que salga de estas comisiones.

Por “armonización”, término nuevo para quienes no están relacionados al mundo de las leyes, se entiende en hacer coherentes los distintos textos que serán elaborados por las comisiones y el pleno, cosa que ningún artículo sea contradictorio con otro, además de dotar de una redacción adecuada y precisión jurídica al trabajo final.

Sin embargo, es preciso indicar que el número de comisiones y sus funciones aún no está fijo, y será tarea de los mismos constituyentes definirlas.

Las plumas de 1833

Con esto, aparece la siguiente duda: que las constituciones partan con una “hoja en blanco”, ¿implica que no lleven nada de las constituciones anteriores?

Si viajamos casi doscientos años al pasado, a 1833, nos encontramos con un Chile recién en una etapa de organización posterior a la Guerra de la Independencia. En esa fecha se redactó un texto constitucional que rigió la República por los 92 años que le siguieron, y que parte de sus estructuras perduran y siguen rigiendo incluso hasta el día de hoy.

La académica especialista en derecho constitucional de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, Marianne González, expuso acerca de ese texto: “Los principales autores que la terminan son Mariano Egaña y Gandarillas. Ambos eran abogados, tenían una formación legal, se habían educado en la Real Universidad de San Felipe. Tenían una formación más antigua, todavía influenciada por el período colonial, pero que ya estaban en este momento más transicional, moviéndose hacia el período republicano”.

Una de las principales características que enunció González es que la carta magna de 1833 no partió de cero, sino que tomó gran parte del texto de la Constitución de 1828. En esa línea, aquella carta fundamental se plantea en el preámbulo “como una reforma a la constitución de 1828, que es una reforma muy intensa. En ese sentido se entiende que es una nueva constitución, porque además hay un contexto político”.

Sin ir más lejos, parte de la Constitución actual mantiene elementos de la de 1833. Así mismo indicó la profesora González, quien también es doctora en historia de la Universidad de Columbia: “El artículo 76, que especifica que las funciones judiciales pertenecen “exclusivamente a los tribunales establecidos por la ley”, y no al poder Ejecutivo ni al Legislativo, es un artículo prácticamente copiado de la Constitución de Cádiz de 1812, que rigió a la Monarquía Española tan solo dos años, pero tiene el mérito de ser la primera constitución hecha en esa nación”.

Este artículo tiene 208 años de existencia, y ha regido en Chile al menos hace 188 años, ya que se incluyó en las constituciones de 1833, 1925 y en la que nos rige actualmente.

Pero el inciso que la profesora entiende como el más antiguo sería el inciso primero del primer artículo de la Constitución: “Las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos”. “Este inciso es en su esencia el mismo que el primer inciso de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, documento fundamental de la Revolución Francesa. Data de 1789”, extendió.

Los textos fuente de 1980

En tanto, sobre el texto de 1925, González instauró una diferencia: “Ahí fue bien importante la presencia de José Maza, que era el ministro de Justicia de Alessandri. Hubo distintas fases: una primera suerte de comisión consultiva, que era bastante grande, pero luego en el proyecto de redacción interviene de manera bastante activa Alessandri. Él está presente en la comisión final que revisa el proyecto”.

Alrededor de 55 años después, la redacción de la Constitución actual que nos rige, la de 1980, estuvo a cargo de dos organismos: la Comisión Ortúzar, presidida por el académico y ministro Enrique Ortúzar; y el Consejo de Estado. Estos fueron creados durante la dictadura militar, la cual suspendió la aplicación de la Constitución de 1925 desde el Golpe de Estado de 1973. Ambos procesos se llevaron a cabo a puertas cerradas.

El profesor de Derecho Constitucional de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso, Alan Bronfman, detalló al respecto: “Ese proyecto tuvo como fuente la Constitución de 1925, y otra fuente importante fue un proyecto presentado por el entonces expresidente Jorge Alessandri en julio de 1964, proyecto que en su momento había sido redactado por el mismo Enrique Ortúzar con Enrique Silva Cimma”.

¿Por qué no prosperó ese proyecto de 1968? Puntualizó Bronfman: “Después triunfó Frei en las elecciones y no pasó nada en lo constituyente. Pero ese proyecto fue importante después en la Constitución de 1980, entre otras razones porque Jaime Guzmán, uno de los integrantes de la Comisión Ortúzar era muy cercano a Alessandri”.

El proceso fue de tal desconexión democrática que, indican los académicos, no existen actas de su redacción, ya que gran parte de ella se llevó a cabo a través de llamadas telefónicas entre miembros de la Comisión y Pinochet.

Las plumas del 2022

En teoría, la labor de escribir el nuevo texto constitucional será de los 155 convencionales electos. Sin embargo, cada lista tiene su propio equipo técnico asesor, y en cada uno de ellos existen ciertas directrices en las cuales basar su trabajo durante el proceso.

Al respecto, el constituyente electo por el distrito 13 y militante del Partido Comunista, Marcos Barraza, expresó que esto no es “una cuestión de expertos, especialistas o comités asesores. Es una responsabilidad que le incumbe a todas y todos los constituyentes”, y añadió que deben haber dos etapas en la escritura del texto: una primera “en diálogo con la sociedad organizada: personas, comunidades, juntas de vecinos”, y una segunda, de trabajo más centrado en la redacción desde los mismos convencionales.

Desde Vamos por Chile, convencionales indican que están recién formando mesas de trabajo y de organización. Así lo recalcó Cristián Monckeberg (distrito 10), quien dijo que como lista “nos interesa llegar a la convención con la mejor asesoría y de la manera más preparada posible”.

En tanto, Ruggero Cozzi, electo en el distrito 6 con cupo RN, adelantó que es “importante tener a la vista la Constitución de 1925, por la tradición democrática que esta representa; así como también la Constitución de 1980, que si bien tuvo un carácter refundacional, en ese momento de la historia fueron vanguardistas, con la protección del medioambiente y la autonomía del Banco Central”, y por último, “el proyecto de Michelle Bachelet, que presenta a fines de su gobierno. Yo creo que en base a esos tres textos va a ser posible encontrar ciertas coordenadas en común”.

Por su lado, sobre basarse en el texto de 1980, Barraza, quien fue también ministro de Desarrollo Social durante el gobierno de Michelle Bachelet, subrayó: “Yo no me apego en nada a la actual Constitución, no porque no exista probablemente algún articulo o algo que sea pertinente, no me apego en nada porque la racionalidad de la Constitución vigente es completamente neoliberal”.


Esto lo secundó el abogado a cargo del equipo de asesoría técnica de los convencionales del Partido Socialista, Flavio Quezada: “En lo personal, parte importante del desafío actual es erradicar la Constitución de Pinochet, entendiendo por ella no solo el texto, sino que la práctica que se ha generado a raíz de ese texto. En ese sentido, honestamente, en lo estrictamente personal como abogado, no le tengo ningún aprecio a nada de esta constitución”.

Por otro lado, la constituyente por el distrito 20, Amaya Álvez, reveló que como Apruebo Dignidad no hay una propuesta concreta respecto a comisiones de armonización, y que están concentrados aún en la instalación de la Convención.

Sin embargo, Álvez, quien es doctora en derecho y profesora en la U. de Concepción, aclaró que es un concepto “anacrónico” el pensar esto desde los equipos técnicos: “La Constitución es una norma de sentido común, es el marco de convivencia. Debiera ser entendible para cualquier ciudadano o ciudadana. redactada en términos fáciles, simples. Habla de la vida que queremos vivir en conjunto, no es un texto para expertos. No está secuestrada o capturada por técnicos”.

En esa misma línea, la convencional electa en el distrito 10 por Independientes No Neutrales, Patricia Politzer, arguyó que “el texto debe escribirse en un lenguaje claro y comprensible para cualquier habitante del país y no en un lenguaje técnico”, y que la meta es que cualquier ciudadano o ciudadana “la haga propia y ojalá se sienta orgulloso de ella”.

Asimismo, la convencional y compañera de lista de Politzer por el distrito 20, Tammy Pustilnick, destacó que espera que quienes asuman la labor de elaborar el texto representen “la diversidad de la Convención” y que el resultado tenga “una redacción clara, cercana y sin tanto tecnicismo”.

El profesor de derecho de la Universidad de Chile Eric Palma, quien está asesorando a la Lista del Pueblo en materia de contenidos, no quiso participar de este reportaje. Fuentes del colectivo aseguraron que aún están definiendo estos aspectos de cara al primer día de instalación de la Convención.

Preámbulo y primer artículo

Tanto el texto constitucional de 1833 como el de 1925 tienen un preámbulo: una especie de introducción previa al cuerpo mismo del documento. En él se suele narrar la situación política vivida en el país y las razones que llevaron a su ciudadanía a modificar la Constitución. La de 1980 no tiene.

La profesora González esgrimió una explicación ante esto: “Tiene que ver con una noción por un lado más autoritaria. Decir: acá no necesitamos venir a justificar por qué estamos dictando un nuevo texto constitucional. Simplemente lo hacemos porque podemos hacerlo”.

Al respecto, Barraza opinó que en la posible futura Constitución debe existir un preámbulo que “exprese el momento del país y la trayectoria a iniciar”, y que hay cuatro conceptos que deben “inundar la nueva Constitución: dignidad, justicia social, derechos igualitarios y soberanía”.

Por su parte, Álvez fue más allá y aventuró un primer inciso del primer artículo, la primera línea de la Constitución de 2022: “Seguramente hay cosas más importantes que decir esta vez, como decir que Chile es un estado plurinacional”. No obstante, marcó que “es importante el artículo 1, pero no lo es todo. Bien podría ser parte de un preámbulo, pero hay que definir las novedades, ¿no? que claramente es la inclusión de personas que históricamente han sido excluidas: los territorios, las mujeres y los pueblos originarios”.