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Cámara de Diputados aprueban que agresores sexuales de menores no puedan acceder a beneficios carcelarios

La Cámara de Diputados aprobó este martes de forma unánime una proyecto de ley que excluye a condenados por agresiones sexuales contra menores, de la posibilidad de obtener alguna rebaja en su condena, reforma que ahora deberá ser vista por el Senado.


La iniciativa tuvo dos votaciones respecto de su idea de legislar: una respecto de las normas generales, aprobadas por 134 votos a favor; y otra por la norma de quórum especial, que obtuvo 78 votos a favor y 61 en contra, no alcanzando el quórum 89 votos como mínimo para la aprobación.


La segunda modificación establecía que la solicitud de reducción de condena ya no se hará al Presidente de la República, sino al juez de garantía de la comuna de asiento de la unidad penal respectiva.

De esta forma, la Cámara aprobó que los condenados por los siguientes delitos no podrán acceder a beneficios regulados por ley:

-Secuestro o sustracción de menores con violación.
-Torturas y apremios ilegítimos, trato cruel, inhumano o degradante con violación o abuso sexual agravado.
-Violación de persona mayor de 14 años.
-Violación de persona menor de 14 años.
-Estupro.
-Abuso sexual agravado.
-Abuso sexual de persona menor de 14 años.
-Almacenamiento, producción y comercialización de pornografía infantil.
-Facilitación de la prostitución infantil.
-Trata calificada de personas, en relación a la explotación sexual.


Ahora el proyecto pasa al Senado, donde deberá ser aprobado y debatido, antes de que se convierta en ley.