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¿Suicidio o asesinato?: Justicia reabre investigación por enigmática muerte de Catherine Vásquez

El Juzgado de Garantía de Linares ordenó este jueves la reapertura de la investigación por la muerte de Catherine Nicole Vásquez Muñoz, caso que remeció a esa comuna de la región del Maule y que despertó dudas y cuestionamientos a los organismos encargados de las pesquisas.


Fue el 29 de mayo de 2018, cuando el cuerpo de la secretaria del Departamento de Tránsito de la Municipalidad de Linares, de 28 años de edad, fue encontrado colgando de una rama en un fundo del sector La Aguada de Longaví, a 500 metros de su casa.

Desde entonces lo ocurrido se catalogó como un suicidio, pero la familia no creyó dicha versión e insistió en diversas diligencias y cambios que no llegaron a concretarse.

De este modo, la parte querellante en la causa insistió en la reapertura de la investigación, lo que fue acogido por la magistrada Claudia Olea Tapia, a fin de que se retomen las indagatorias pendientes que permitan aclarar las circunstancias en que perdió la vida Catita, como era llamada por sus cercanos.

“El Ministerio Público deberá proceder a realizar las diligencias que dicen relación con la toma de declaración de los testigos y del perito forense, siendo determinada su forma por el ente persecutor, de acuerdo a sus facultades legales”, resolvió la jueza en la audiencia de este jueves.

 


Parte de la decisión de la magistrada se funda en que la primera diligencia en la que se incautaron los teléfonos de los involucrados, para efectos de realizar pericias, éstos no correspondían a los números a los que hacían referencia los denunciantes.

Por lo tanto -estimó Olea- “nunca se llevó a cabo las diligencias en los términos solicitados”.

Asimismo, entre otras medidas, ordenó que se tome declaración del perito forense, Luis Ravanal, quien tuvo acceso al cuerpo.

Según indicó este último en su oportunidad, la correa con la que se habría quitado la vida la funcionaria municipal no pudo ser el causante de la muerte, pues no mostraba ningún rastro de su ADN.

“Conforme a lo anterior y teniendo presente la facultad otorgada por el legislador a los intervinientes la que descansa en determinados requisitos que son, pedir la reapertura en un determinado plazo lo que el querellante hizo, que dichas diligencias las pidió durante la investigación, se acoge la solicitud de la parte querellante para que proceda al cumplimiento de las diligencias señaladas”, concluye la resolución.