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10% AFP del Gobierno: ¿Quiénes deben pagar impuestos, qué debo hacer y cómo se provoca el descuento?

Para el próximo lunes 30 de noviembre está fijado que se inicie en la Cámara de Diputadas y Diputados el segundo trámite constitucional del proyecto ingresado por el Gobierno para el retiro de hasta el 10% de los fondos previsionales.


La discusión comenzará a eso de las 15:00 en la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, instancia a las que ya fueron invitados los ministros María José Zaldívar e Ignacio Briones.

Mientras el proyecto de la administración de Sebastián Piñera continúa su avance, la iniciativa impulsada previamente por la diputada humanista, Pamela Jiles, deberá ser zanjada en una comisión mixta entre miembros del Senado y la Cámara.

Y si bien las principales diferencias entre ambas ideas se han ido acortando (luego de que se incluyera la universalidad y se eliminara la devolución obligatoria), aun existe una distinción fundamental: el pago de impuestos.

Tal como ocurrió con el primer retiro del 10%, la iniciativa de Jiles no considera el retiro del 10% como renta y por ende está exenta de gravámenes. Sin embargo, la presentación del Ejecutivo sí lo considera de esa manera y abrió dudas de varios cotizantes.

¿Quiénes deben pagar el impuesto?

El pago de los gravámenes dependerá de los ingresos de cada trabajador y está regulado por tramos en el Impuesto Único de Segunda Categoría.

Según explica a Radio Bío Bío el director del Centro de Estudios Tributarios de la Universidad de Chile, Gonzalo Polanco, todos aquellos trabajadores que perciban en promedio menos de $688 mil mensuales estarán exentos del pago (unos $8 millones anuales).

Por el contrario, aquellos que reciban remuneraciones superiores a esa cifra, estarán obligados a cancelar el impuesto.

El tema fue abordado esta mañana por el ministro de Hacienda, Ignacio Briones, quien hizo hincapié en que se considerarán los promedios mensuales de las rentas anuales.

En otras palabras, “una persona que ganaba $1 millón, pero que ha estado desempleada la mitad del año, va a tener una renta promedio mensual de $500 mil”, por lo que “no va a pagar un sólo peso”.

¿Cuánto se deberá pagar?

Todo dependerá, una vez más, del tramo en que el trabajador se encuentre y a los descuentos a los que esté afecto cada uno de ellos.

De todos modos, se puede obtener un monto aproximado al multiplicar el dinero que se desee retirar por el factor de cada tramo (ver imagen).

Por ejemplo, si el cotizante se encuentra en el tramo 2 (renta anual entre $8.038.926 y $17.864.280,00) y desea retirar $1 millón, este último monto se debe multiplicar por 0,04, lo que da un impuesto de 40 mil pesos.

Si el trabajador se encuentra en el tramo 3 (renta anual entre $17.864.280 y $29.773.800) y se desea retirar $2 millones, este último monto se debe multiplicar por 0,08, lo que da un impuesto de $160 mil.

Tramos | SII

¿Qué debo hacer y cómo se provoca el descuento?

En caso de que el proyecto se apruebe en las condiciones que hoy se encuentra, el descuento será automático y los impuestos del retiro del 10% ya vendrán retenidos por cada AFP.

Pero hay que estar atentos, pues varias de estas retenciones podrían ser devueltas en la Operación Renta de 2021.

Eso sí, para optar a una devolución, se deben cumplir dos factores claves: emitir la Declaración de Renta, proceso que se lleva a cabo en abril de cada año, y que la renta anual no supere los $8 millones de pesos.

“Bajo este monto está exento y lo van a devolver pese a que hayan retenido”, explica Polanco.

Consultado respecto a si desde el punto de vista técnico era necesario fijar un impuesto al retiro, el experto asegura que sí, dado el carácter universal de la medida.

“Perfectamente van a a poder acceder a este beneficio personas que tienen altas rentas y en consecuencia lo razonable es que paguen impuestos”, asegura.

“En el caso de menores ingresos efectivamente se produce -podríamos decir- una incomodidad en el sentido que le van a retener una parte de este ingreso, pero se podría generar una devolución en abril del año siguiente”, sostiene.

Finalmente, detalla que el primer retiro se estableció libre de impuestos, por lo que no constituye renta y no deberá ser declarado como tal.